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martes, junio 24, 2008
Eutanasia aprobada en Andalucía
Andalucía permitirá por ley la eutanasia pasiva para enfermos incurables
"Andalucía permitirá por ley la eutanasia pasiva para enfermos incurables" Lo ha anunciado la consejera de Sanidad, para esta legislatura.
Permitirá la limitación de cuidados paliativos, la sedación y la suspensión de los tratamientos, a petición del paciente.
Si éste no tiene capacidad para pedirlo, decidirá un comité de ética.
Es la primera comunidad que lo regula.
El Parlamento de Andalucía será el primero de España que dará cobertura legal, además de la asistencial en la Sanidad pública, a los pacientes en estado terminal que opten por interrumpir los tratamientos que los mantienen con vida, según informa hoy el diario Público.
Los enfermos podrán ser desconectados de un respirador y también se regulará la aplicación de la sedación paliativa, según esta información. La iniciativa se produce poco más de un año después del fallecimiento de Inmaculada Echevarría, la mujer granadina que pidió que se le retirara el respirador que la mantenía con vida pese a su deterioro físico por distrofia muscular progresiva.
Se pretende que no se someta al paciente a procedimientos y a técnicas que puedan suponerle una agonía prolongada en aquellos casos en los que no es posible mejorar su situación.La voluntad de los pacientes prevalecerá por encima de cualquier otra consideración y el sistema sanitario garantizará que así sea, según ha explicado a Público María Jesús Montero, consejera andaluza de Salud (PSOE). En los casos en los que el paciente no tenga testamento vital y no pueda expresar con claridad su voluntad o exista alguna posibilidad de interpretación, decidirá un comité de ética.
El Gobierno andaluz, dirigido por el socialista Manuel Chaves, quiere que el Parlamento apruebe la ley en esta legislatura (2008-2012).
La norma, que incluirá en el título las palabras "muerte digna", desarrollará íntegramente las competencias autonómicas previstas en el artículo 20 del Estatuto (aprobado por PSOE, PP e IU), que reza así: "Todas las personas tienen derecho a recibir un adecuado tratamiento del dolor y cuidados paliativos integrales y a la plena dignidad en el proceso de su muerte". El Estatut catalán tiene un artículo similar, recurrido por el PP ante el Constitucional.
La norma definirá cada una de las actuaciones clínicas, que la Consejería de Salud divide en seis. Dos fuera de la legislación, la eutanasia directa o activa y el suicidio asistido, y otras cuatro dentro: la limitación del esfuerzo terapéutico, el rechazo del tratamiento, la sedación paliativa y la desconexión en caso de fallecimiento (en los trasplantes). Estos cuatro supuestos son los que se conocen como eutanasia indirecta o pasiva.
En estudio está si se va a permitir la objeción de conciencia a los facultativos de los centros públicos.La terminología de la Junta rehuye en todo momento la palabra eutanasia, que previsiblemente no estará en la ley.
"Pretendemos prohibir además la obstinación terapéutica, lo que supondrá que la buena práctica clínica esté presidida por no someter al paciente a procedimientos y a técnicas que puedan suponerle una agonía prolongada en aquellos casos en los que no es posible mejorar su situación", aseguró Montero.
La intención de Montero es también que la ley establezca que el lugar prioritario para recibir cuidados paliativos sea su domicilio. "Es un elemento fundamental para el buen morir", remachó la consejera.
Los hospitales privados y religiosos podrán seguir actuando como hasta ahora. En estudio está si se va a permitir la objeción de conciencia a los facultativos de los centros públicos.
"Andalucía permitirá por ley la eutanasia pasiva para enfermos incurables" Lo ha anunciado la consejera de Sanidad, para esta legislatura.
Permitirá la limitación de cuidados paliativos, la sedación y la suspensión de los tratamientos, a petición del paciente.
Si éste no tiene capacidad para pedirlo, decidirá un comité de ética.
Es la primera comunidad que lo regula.
El Parlamento de Andalucía será el primero de España que dará cobertura legal, además de la asistencial en la Sanidad pública, a los pacientes en estado terminal que opten por interrumpir los tratamientos que los mantienen con vida, según informa hoy el diario Público.
Los enfermos podrán ser desconectados de un respirador y también se regulará la aplicación de la sedación paliativa, según esta información. La iniciativa se produce poco más de un año después del fallecimiento de Inmaculada Echevarría, la mujer granadina que pidió que se le retirara el respirador que la mantenía con vida pese a su deterioro físico por distrofia muscular progresiva.
Se pretende que no se someta al paciente a procedimientos y a técnicas que puedan suponerle una agonía prolongada en aquellos casos en los que no es posible mejorar su situación.La voluntad de los pacientes prevalecerá por encima de cualquier otra consideración y el sistema sanitario garantizará que así sea, según ha explicado a Público María Jesús Montero, consejera andaluza de Salud (PSOE). En los casos en los que el paciente no tenga testamento vital y no pueda expresar con claridad su voluntad o exista alguna posibilidad de interpretación, decidirá un comité de ética.
El Gobierno andaluz, dirigido por el socialista Manuel Chaves, quiere que el Parlamento apruebe la ley en esta legislatura (2008-2012).
La norma, que incluirá en el título las palabras "muerte digna", desarrollará íntegramente las competencias autonómicas previstas en el artículo 20 del Estatuto (aprobado por PSOE, PP e IU), que reza así: "Todas las personas tienen derecho a recibir un adecuado tratamiento del dolor y cuidados paliativos integrales y a la plena dignidad en el proceso de su muerte". El Estatut catalán tiene un artículo similar, recurrido por el PP ante el Constitucional.
La norma definirá cada una de las actuaciones clínicas, que la Consejería de Salud divide en seis. Dos fuera de la legislación, la eutanasia directa o activa y el suicidio asistido, y otras cuatro dentro: la limitación del esfuerzo terapéutico, el rechazo del tratamiento, la sedación paliativa y la desconexión en caso de fallecimiento (en los trasplantes). Estos cuatro supuestos son los que se conocen como eutanasia indirecta o pasiva.
En estudio está si se va a permitir la objeción de conciencia a los facultativos de los centros públicos.La terminología de la Junta rehuye en todo momento la palabra eutanasia, que previsiblemente no estará en la ley.
"Pretendemos prohibir además la obstinación terapéutica, lo que supondrá que la buena práctica clínica esté presidida por no someter al paciente a procedimientos y a técnicas que puedan suponerle una agonía prolongada en aquellos casos en los que no es posible mejorar su situación", aseguró Montero.
La intención de Montero es también que la ley establezca que el lugar prioritario para recibir cuidados paliativos sea su domicilio. "Es un elemento fundamental para el buen morir", remachó la consejera.
Los hospitales privados y religiosos podrán seguir actuando como hasta ahora. En estudio está si se va a permitir la objeción de conciencia a los facultativos de los centros públicos.